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ACUERDO RESTRICTIVO DE ACCIONISTAS

Como cliente de Spiegel & Utrera P.A., Usted tiene la oportunidad de beneficiarse con nuestro caudal informativo, experiencia comercial, asesoramiento legal experimentado y servicios. La forma en que est� estructurada la propiedad de su corporaci�n es motivo de particular inquietud y requiere una atenci�n muy especial desde el comienzo.

Cuando dos o m�s personas se unen para comenzar juntos una empresa comercial, sus intenciones pueden resumirse de la siguiente manera: Brindar un producto o un servicio que va a cubrir una necesidad en el mercado y cuya comercializaci�n les va a permitir obtener una ganancia.

En el camino hacia esta meta, los empresarios inevitablemente van a encontrarse con situaciones especiales, que a veces pueden hacerse inc�modas. (No vamos a entretenerlo con ejemplos, ya que Usted probablemente tiene varios de su propia experiencia.) El hecho es que toda empresa colectiva, ya sea una corporaci�n o cualquier otro tipo de empresa, debe tener un acuerdo escrito entre las partes envueltas.

Nosotros lo llamamos Acuerdo Restrictivo de Accionistas

Considere sus numerosas provisiones:

  • Proporciona una estructura de trabajo para el arreglo de disputas entre los accionistas.

  • Evita que un accionista pueda vender sus acciones a un tercero sin haberlas ofrecido antes al resto de los accionistas

  • Proporciona una estructura para la compra de acciones por el resto de los accionistas en el caso del fallecimiento de uno de ellos.

  • Evita que un accionista pueda competir contra la corporaci�n, no s�lo mientras es accionista, sino tambi�n despu�s de haberse retirado de la misma, por un t�rmino de dos a�os.

  • Obliga a los accionistas a mantener la confidencialidad de los nombres de los clientes y otras informaciones en los archivos de la corporaci�n.

  • Evita que alguno de los accionistas pueda manchar el buen nombre de el empresa.

  • Evita que alguno de los accionistas pueda llevarse clientes de la corporaci�n para una nueva empresa.

  • Porporciona indemnizaci�n a los accionistas en su capacidad de funcionarios y directores de la corporaci�n.

Obviamente �ste es un acuerdo de obligaci�n legal muy detallado. Es redactado por abogados y usado por empresarios tales como Usted.

� Y hay una ventaja adicional!

Como ya hemos mencionado, siendo cliente de Spiegel & Utrera, P.A., Usted tiene acceso directo a nuestros abogados para que lo asesoren en su situaci�n particular. Nosotros trabajaremos con Usted individualmente para confeccionar el acuerdo de modo que se acomode a sus inquietudes espec�ficas. Por ejemplo, Usted puede dejar asentadas las contribuciones de capital, trabajo o ambas que se espera de cada uno de los accionistas.

Usted nos dice qu� es lo que quiere y nosotros lo ponemos en la forma apropiada. Este acuerdo tiene numerosas utilidades y es de absoluta necesidad para una compa��a de m�ltiples accionistas. Recuerde el viejo adagio, "Una onza de prevenci�n equivale a una libra de terapia."

P. D. �No est� seguro? �Tiene alguna pregunta? Perm�tanos responderle, sin obligaci�n ninguna de su parte. Queremos ayudarle. Gracias.

 

�Prefiere hablar con un abogado? Un asociado de Spiegel & Utrera est� listo para atender su llamado.

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